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Marco legal
Ley 6/1993, de 15 de julio, reguladora de residuos
 

El concepto de centro de recogida, como un elemento para la gestión de residuos municipales, lo introduce en Cataluña la Ley 6/1993, de 15 de julio, reguladora de residuos. El artículo 3 de esta ley define el centro de recogida como un «centro de recepción y almacenamiento, selectivos, de residuos municipales que no son objeto de recogida domiciliaria».

El artículo 46 de la ley establece que «los municipios con más de 5000 habitantes de derecho, independiente o asociadamente y, si fuera necesario, los consejos comarcales de la Entidad Metropolitana de Servicios Hidráulicos y Tratamiento de Residuos deben establecer el servicio del centro de recogida a través de la instalación de la planta o las plantas necesarias para la recogida de los residuos explicitados en el anexo III». Este hecho ha permitido que actualmente ya se disponga de una importante red de centros de recogida que abastece principalmente a los municipios de este tamaño.

El Programa de Gestión de Residuos Municipales de Cataluña (PROGREMIC)
 

El Programa de Gestión de Residuos Municipales de Cataluña 2001 – 2006 (PROGREMIC) consolida el centro de recogida como un sistema de recogida selectiva de diversas fracciones residuales. El centro de recogida se presenta como una importante herramienta para conseguir la valorización de la madera, los residuos voluminosos, los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE), los residuos especiales y otras fracciones residuales.

El PROGREMIC 2001 – 2006 va más allá de lo que marca la Ley 6/1993 y se fija como objetivo extender el servicio de centros de recogida a los municipios de 2000 a 5000 habitantes y también hacer este servicio más accesible a los ciudadanos, mejorando y reforzando la red de centros de recogida existente en municipios de más de 5000 habitantes.

Norma técnica sobre centros de recogida
 

Como desarrollo práctico de la ley y del PROGREMIC, se elaboró la Norma técnica sobre centros de recogida, un documento sujeto a revisiones periódicas, que define aspectos más concretos tanto de diseño y construcción como de gestión de estas instalaciones. Las especificaciones de la norma técnica son de obligado cumplimiento por parte de los titulares de los centros de recogida.

Fecha de publicación: 18/11/03 Fecha de actualización: 23/01/08
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