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La Ley 16/2003, de 13 de junio, sobre la financiación de las infraestructuras de tratamiento de residuos y del canon sobre la deposición de residuos, creó el canon sobre la deposición controlada de los residuos municipales en instalaciones de depósito controlado, tanto de titularidad pública como privada, ubicadas en Cataluña, como tributo propio de la Generalitat de Catalunya, con fines ecológicos y como medida de fomento de la minimización y valorización de los residuos.
Este impuesto es finalista y se destina al Fondo de Gestión de Residuos, el cual articula un sistema de distribución de los fondos procedentes de la aplicación del canon entre los entes locales competentes en la gestión de los residuos municipales. El retorno del canon tiene por objeto incentivar la mejora de la gestión de los residuos municipales. Los criterios de distribución del retorno los acuerda, siempre respetando lo que establece la Ley 16/2003, la Junta de Gobierno del Fondo de Gestión de Residuos, que está integrada por los representantes de la Federación de Municipios de Cataluña, la Asociación de Municipios y Comarcas de Cataluña, la Entidad Metropolitana de Servicios Hidráulicos y Tratamiento de Residuos y la Agencia de Residuos de Cataluña. |