| El productor o poseedor del residuo debe:
1° Estar dado de alta en el Registro de productores de residuos industriales o disponer de un Código de productor de residuos.
2° Codificar su
residuo según el Catálogo
europeo de residuos (CER).
3°
Determinar el destino más idóneo y la caracterización
según el Catálogo
de residuos de Cataluña (CRC). (El CRC sigue
vigente en cuanto a la determinación de las vías
de gestión, también encontrará el destino más idóneo
consultando el Catálogo
europeo de residuos (CER) en el que se han realizado
las equivalencias)
4°
Buscar un Gestor
autorizado para la valorización de estos residuos
(códigos V11, V12, V14, V41, V61 y/o V83 del CRC)
o bien una empresa del Registro
de transportistas de residuos autorizada para
los grupos 1 y/o 2 del anexo 1. (Si se transportan
cantidades inferiores a 1.000 kg no es necesario
utilizar un transportista autorizado).
5° Entregar los residuos al gestor o transportista escogido.
6° La documentación que se debe utilizar es la siguiente:
Tanto si se entrega el residuo a un gestor como a un transportista, éste debe hacer un albarán privado que se entrega al productor y/o poseedor de los residuos como único justificante de la gestión de los mismos.
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