| El productor o poseedor debe:
1° Estar dado de alta en el Registro de productores de residuos industriales o disponer de un Código de productor de residuos.
2° Caracterizar el residuo, en caso necesario, mediante un Laboratorio acreditado para la determinación de las características de los residuos.
3° Codificar su residuo según el
Catálogo
europeo de residuos (CER).
4°
Determinar el destino más idóneo y la caracterización
según el Catálogo
de residuos de Cataluña (CRC). (El CRC sigue
vigente en cuanto a la determinación de las vías
de gestión, también encontrará el destino más idóneo
consultando el Catálogo
europeo de residuos (CER) en el que se han realizado
las equivalencias)
5° Buscar un gestor del Registro
general de gestores de residuos de Cataluña
que pueda hacer esta valorización.
6° Ponerse en contacto con éste y concretar los términos de entrega (no se precisa la FA).
7° Contratar a un transportista
del Registro
de transportistas de residuos.
8° Si la recogida es individual, establecer una FS para cada transporte de residuos que se efectúe y exigir una copia sellada para el transportista y otra sellada para el transportista y el gestor como garantía de que la gestión se ha efectuado correctamente.
Si la recogida es itinerante, es preciso asegurarse de que se efectúa con la correspondiente FI y exigir el albarán que acredita la recogida.
El apartado de la FS o FI en el que tendría que figurar la FA se dejará en blanco.
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