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Memoria explicativa del procedimiento
Si no se dispone de certificados en papel autocopiativo del original del certificado de destrucción se realizarán 3 fotocopias:
Núm. de hoja (color)
Certificado
Para
1 (blanca)
Certificado de destrucción
AGÈNCIA DE RESIDUS DE CATALUNYA
2 (verde claro)
DGT - Dirección General de Tráfico
3 (rosa claro)
Titular o instalación de recepción, según el caso
4 (amarillo claro)
Gestor (Centro de descontaminación)
5 (azul claro)
Certificado de entrega
Para el titular cuando la entrega se realice en una instalación de recepción. En caso contrario no es necesario rellenarlo.
Opción A - El titular traslada el vehículo a una instalación de recepción:

- La instalación de recepción introduce los datos del vehículo, del titular y de la instalación de recepción en el certificado de destrucción y en el certificado de entrega.
- La instalación de recepción facilita el certificado de entrega al titular al realizar el traspaso del vehículo.
- En el plazo de 30 días, se entrega el certificado de destrucción junto con el vehículo al centro autorizado de tratamiento y éste devuelve a la instalación de recepción una copia firmada por el centro autorizado de tratamiento.
- Se adjunta a la documentación del vehículo el original para tramitar la baja ante la DGT, siguiendo el procedimiento establecido en la Orden INT/249/2004.
- El centro autorizado de tratamiento se queda con una copia y envía cada quince días una copia de todos los certificados emitidos a la Agència de Residus de Catalunya.
Opción B - El titular traslada el vehículo directamente a un centro autorizado de tratamiento:

- Los datos de la instalación de recepción se dejan en blanco.
- El centro autorizado de tratamiento entrega al titular una copia del certificado de destrucción y para el resto procede del mismo modo que en la opción A.
Fecha de publicación: 18/11/03 Fecha de actualización: 17/02/04
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