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Tramitaciones relacionadas con el artículo 3 del RD 9/2005  
Tramitaciones relacionadas con el artículo 3 del RD 9/2005

El 7 de febrero de 2005 entró en vigor el RD 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados.

Entre otros aspectos el RD 9/2005 determina en el artículo 3 cuales son las Actividades Potencialmente Contaminantes del suelo (APC’s) y los informes que estas han de tramitar a la administración competente (Agència de Residus de Catalunya-ARC).

  Actividades Potencialmente Contaminantes del Suelo (APC's)

El RD 9/2005 define las Actividades Potencialmente Contaminantes del Suelo (APC) como aquellas actividades industriales o comerciales que, ya sea por el uso de substancias peligrosas o por la generación de residuos, puedan contaminar el suelo.

A los efectos del RD 9/2005 se consideran APC:

  • Las actividades incluidas en los epígrafes de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 93 Rev. 1) indicadas en el Anexo I del RD 9/2005.
  • Las actividades que producen, utilizan o almacenan más de 10 t por año de una o varias de las substancias incluidas en el RD 363/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento sobre notificación de substancia nuevas y la clasificación, envasado y etiquetado de substancias peligrosas.
  • Las actividades que disponen de almacenamientos de combustible para uso propio según el RD 1523/1999, de 1 de octubre, con un consumo anual medio superior a 300.000 l y un volumen total de almacenamiento igual o superior a 50.000 l.
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El listado que se presenta en este documento constituye la interpretación de lo que se indica en el anexo I del RD 9/2005, adaptado a la Clasificación Catalana de Actividades Económicas (CCAE 93 rev. 1) y a la clasificación de las actividades en cinco dígitos.

  Actividades potencialmente contaminantes del suelo: Listado de actividades por CCAE 93 Rev.1 (Archivo PDF 48 Kb) - versión en catalán

 

  Trámites

Según establece el RD 9/2005 las APC’s han de presentar dos tipos de informes según diferentes situaciones: el Informe Preliminar de Situación (IPS) y el Informe de Situación (IS). Igualmente, los propietarios de fincas donde en el pasado se haya desenvolupado alguna actividad potencialmente contaminante del suelo tendrán que presentar un Informe de situación (IS)

En la tabla adjunta se describen las situaciones en las que se ha de presentar un informe y el tipo de informe.

  Tabla de trámites (Fichero PDF 30 KB) - versión en catalán

  Tipos de formulario

A partir de lo que establece el RD 9/2005, los diferentes informes que han de presentar los titulares de las Activdtades Potencialmente Contaminantes del suelo consisten en un único tipo de informe (el contenido e és el mismo en el caso del IPS que de los diferentes IS) que se puede elaborar a partir de la información generada en cumplimiento de la legislación vigente en materia de residuos y sustancias peligrosas y que no supone la obligación de realizar ningún tipo de ensanyo o análisis específico.

El objetivo principal es recoger aquella información relevante que permita valorar la posibilidad que se produzcan o se hayan producido contaminaciones significativas del suelo donde se emplaza o se ha emplazado la ’APC. En este sentido, los interesados podrán adjuntar al informe toda aquella información complementaria que consideren conveniente para una mejor valoración de la situación del suelo.

Tal como indica el RD 9/2005, el alcance y contenido mínimo quedan recogidos en el anexo II de la mencionada norma.

No obstante, para facilitar el trabajo de realización y su presentación, a nivell de Catalunya se proonen dos modalidades según:

  • Tipo de formulario:
      - Ordinario
      - Simplificado
  • Forma de presentación:
      - Presentación telemática mediante una aplicación accesible desde Internet
      - Presentación del formulario en formato papel

La elección del tipo de formulario (ordinario o simplificado) es en función del tipo de actividad que se realiza en la instalación según la Clasificación Catalana de Actividades Económicas (CCAE’93 Rev 1). En el listado adjunto se pueden observar los tipos de formulari según el CCAE’93 Rev1 de las APC’s del anexo 1 del RD 9/2005. Tota APC’s la actividad de la qual no ese incluida en el anexo 1 del RD 9/2005 podrá utilizar el formulario simplificado.

  Listado de actividades CCAE 93 rev.1 con la indicación del modelo de IPS correspondiente (Archivo PDF 30 KB) - versión en catalán

  Modalidades de presentación

La presentación a la ARC de los informes relacionados con el RD 9/2005 se pueden realizar mediante dos vias:

  • Presentación del informe telemáticamente mediante la aplicación disponible en el Sistema Documental de Residus (SDR) de la ARC, que permite la realización del formulario de IPS que corresponda, la incorporación de los datos incluidos en la Declaración Anual de Residuos Industriales (DARI) cuando esten disponibles. Hasta que no se indique lo contrario, la documentación anexa a cada informe (planos, fotografias, informes de la calidad del suelo,…) se ha de presentar en formato papel en el registro de la ARC.
    El principal requisito (a parte de disponer de conexión a Internet) para poder utilizar esta aplicación es disponer de las claves de acceso al Sistema Documental de Residus (SDR), datos facilitados por la ARC. Aquellas actividades que utilizen el SDR para la gestión documental de los residuos (fichas de aceptación, hojas de seguimiento,...) o para la presentación de la Declaración Anual de Residuos Industriales ya disponen de estos datos.
    En el caso que la actividad no disponga de código de usuario o de les claves de acceso y quiera utilizar la aplicación, tendrá que hacer la solicitud mediante los mecanismos existentes.
  • Presentación del informe realizado en formato papel con el formulario ordinario o simplificado al registro de la ARC acompañado del correspondiente oficio de presentación debidamente firmado y sellado, si es necesario. Igualmente se puede presentar los trámites establecidos por la Ley 3/1998, siempre y cuando la documentación incluya de manera explícita el informe preliminar o de situación que corresponga.
Acceso a los modelos:
  ????Ö?
  IPS EN LINIA: aplicación accesible desde ’internet
   
  Formulario IPS ordinário
   
  Formulario IPS vs versión simplificada

  Validaciones por parte de la ARC

En función de diferentes criterios la ARC irá evaluando los diferentes informes desde diferentes perspectivas. Una de estas es la validación del contenido del IPS.

En este sentido, y con el objetivo de potenciar el uso de la aplicación que permite la presentación telemática del IPS, la ARC incorporará todos los IPS presentados en qualquier formato en esta aplicación, evaluando y revisando su contenido

De esta manera la ARC identificará aquellos informes que presenein carencias en cuanto a su contenido o que incorporen aspectos que requieran de alguna aclaración, los cuales podrán ser revisados y modificados por el usuario mediante esta aplicación a partir de la comunicación pertinente de la ARC.

Fecha de publicación: 02/08/05 Fecha de actualitzación: 08/07/08
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