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El
7 de febrero de 2005 entró en vigor
el RD 9/2005, de 14 de enero, por el que
se establece la relación de actividades
potencialmente contaminantes del suelo y
los criterios y estándares para la
declaración de suelos contaminados.
Entre otros aspectos el RD 9/2005 determina
en el artículo 3 cuales son las Actividades
Potencialmente Contaminantes del suelo (APC’s)
y los informes que estas han de tramitar
a la administración competente (Agència
de Residus de Catalunya-ARC).
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| Actividades Potencialmente
Contaminantes del Suelo (APC's) |
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| El RD 9/2005 define las Actividades Potencialmente
Contaminantes del Suelo (APC) como aquellas actividades
industriales o comerciales que, ya sea por el uso de substancias
peligrosas o por la generación de residuos, puedan
contaminar el suelo.
A los efectos del RD 9/2005 se consideran APC:
- Las actividades incluidas en los epígrafes
de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas
(CNAE 93 Rev. 1) indicadas en el Anexo I del RD 9/2005.
- Las actividades que producen, utilizan o almacenan
más de 10 t por año de una o varias de
las substancias incluidas en el RD 363/1995, de 10 de
marzo, por el que se aprueba el Reglamento sobre notificación
de substancia nuevas y la clasificación, envasado
y etiquetado de substancias peligrosas.
- Las actividades que disponen de almacenamientos de
combustible para uso propio según el RD 1523/1999,
de 1 de octubre, con un consumo anual medio superior
a 300.000 l y un volumen total de almacenamiento igual
o superior a 50.000 l.
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El listado que se presenta en este documento constituye
la interpretación de lo que se indica en el anexo
I del RD 9/2005, adaptado a la Clasificación Catalana
de Actividades Económicas (CCAE 93 rev. 1) y a
la clasificación de las actividades en cinco dígitos.
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| Trámites |
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| Según establece el RD 9/2005 las
APC’s han de presentar dos tipos de informes según
diferentes situaciones: el Informe Preliminar de Situación
(IPS) y el Informe de Situación (IS). Igualmente,
los propietarios de fincas donde en el pasado se haya
desenvolupado alguna actividad potencialmente contaminante
del suelo tendrán que presentar un Informe de situación
(IS)
En la tabla adjunta se describen las situaciones en las
que se ha de presentar un informe y el tipo de informe.
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| Tipos
de formulario |
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| A partir de lo que establece el RD 9/2005,
los diferentes informes que han de presentar los titulares
de las Activdtades Potencialmente Contaminantes del suelo
consisten en un único tipo de informe (el contenido
e és el mismo en el caso del IPS que de los diferentes
IS) que se puede elaborar a partir de la información
generada en cumplimiento de la legislación vigente
en materia de residuos y sustancias peligrosas y que no
supone la obligación de realizar ningún
tipo de ensanyo o análisis específico.
El objetivo principal es recoger aquella información
relevante que permita valorar la posibilidad que se produzcan
o se hayan producido contaminaciones significativas del
suelo donde se emplaza o se ha emplazado la ’APC.
En este sentido, los interesados podrán adjuntar
al informe toda aquella información complementaria
que consideren conveniente para una mejor valoración
de la situación del suelo.
Tal como indica el RD 9/2005, el alcance y contenido
mínimo quedan recogidos en el anexo II de la mencionada
norma.
No obstante, para facilitar el trabajo de realización
y su presentación, a nivell de Catalunya se proonen
dos modalidades según:
- Tipo de formulario:
- Ordinario
- Simplificado
- Forma de presentación:
- Presentación telemática mediante una
aplicación accesible desde Internet
- Presentación del formulario en formato papel
La elección del tipo de formulario (ordinario
o simplificado) es en función del tipo de actividad
que se realiza en la instalación según la
Clasificación Catalana de Actividades Económicas
(CCAE’93 Rev 1). En el listado adjunto se pueden
observar los tipos de formulari según el CCAE’93
Rev1 de las APC’s del anexo 1 del RD 9/2005. Tota
APC’s la actividad de la qual no ese incluida en
el anexo 1 del RD 9/2005 podrá utilizar el formulario
simplificado.
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| Modalidades de presentación |
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| La presentación a
la ARC de los informes relacionados con el RD 9/2005 se
pueden realizar mediante dos vias:
- Presentación del informe telemáticamente
mediante la aplicación disponible en el Sistema
Documental de Residus (SDR) de la ARC, que permite la
realización del formulario de IPS que corresponda,
la incorporación de los datos incluidos en la
Declaración Anual de Residuos Industriales (DARI)
cuando esten disponibles. Hasta que no se indique lo
contrario, la documentación anexa a cada informe
(planos, fotografias, informes de la calidad del suelo,…)
se ha de presentar en formato papel en el registro de
la ARC.
El principal requisito (a parte de disponer de conexión
a Internet) para poder utilizar esta aplicación
es disponer de las claves de acceso al Sistema Documental
de Residus (SDR), datos facilitados por la ARC. Aquellas
actividades que utilizen el SDR para la gestión
documental de los residuos (fichas de aceptación,
hojas de seguimiento,...) o para la presentación
de la Declaración Anual de Residuos Industriales
ya disponen de estos datos.
En el caso que la actividad no disponga de código
de usuario o de les claves de acceso y quiera utilizar
la aplicación, tendrá que hacer la solicitud
mediante
los mecanismos existentes.
- Presentación del informe realizado en formato
papel con el formulario ordinario
o simplificado al registro
de la ARC acompañado del correspondiente oficio
de presentación debidamente firmado y sellado,
si es necesario. Igualmente se puede presentar los trámites
establecidos por la Ley 3/1998, siempre y cuando la
documentación incluya de manera explícita
el informe preliminar o de situación que corresponga.
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| Validaciones por parte
de la ARC |
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| En función de diferentes criterios
la ARC irá evaluando los diferentes informes desde
diferentes perspectivas. Una de estas es la validación
del contenido del IPS.
En este sentido, y con el objetivo de potenciar el uso
de la aplicación que permite la presentación
telemática del IPS, la ARC incorporará todos
los IPS presentados en qualquier formato en esta aplicación,
evaluando y revisando su contenido
De esta manera la ARC identificará aquellos informes
que presenein carencias en cuanto a su contenido o que
incorporen aspectos que requieran de alguna aclaración,
los cuales podrán ser revisados y modificados por
el usuario mediante esta aplicación a partir de
la comunicación pertinente de la ARC.
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