 |
| |
 |
| ¿Cuáles son? |
 |
| Los residuos sanitarios generados por actividades de atención e investigación sanitaria deben seleccionarse en origen para facilitar su posterior tratamiento. Se clasifican en los siguientes grupos:
a) Residuos sin riesgo o inespecíficos:
grupo I.
Son residuos que por su naturaleza y composición son inertes o no especiales, que no plantean exigencias especiales en su gestión. Se incluye en este grupo el material de oficinas y despachos, bares, comedores, jardinería .
grupo II.
SSon residuos que por su naturaleza y composición son inertes o no especiales, que no plantean exigencias especiales en su gestión fuera del centro, pero que dentro del centro pueden ser de riesgo para enfermos con bajas defensas y que además pueden provocar asco o manías. Se incluyen en este grupo los materiales de curas, yesos, ropas y materiales de un solo uso manchados de sangre, secreciones y otros residuos no incluidos en el grupo III.
b) Residuos de riesgo o específicos:
grupo III.
Son residuos especiales que requieren la adopción de medidas de prevención, ya que pueden suponer un riesgo para la salud de las personas:
- residuos sanitarios infecciosos: aquellos residuos
capaces de transmitir alguna de las enfermedades infecciosas
relacionadas en el anexo del Decreto 27/1999, como por
ejemplo: cólera, difteria, ántrax, tuberculosis.
- sangre y hemoderivados en forma líquida
- agujas y material punzante y cortante utilizado
- vacunas vivas y atenuadas
- cultivos y reservas de agentes infecciosos
grupo IV.
Son los residuos especiales no incluidos en el grupo III
Dentro de este grupo se incluyen aquellos residuos tipificados en normativas singulares como los medicamentos caducados, restos de sustancias químicas, los residuos radioactivos y otros; también incluye los residuos citotóxicos (envases, materiales, restos. que hayan estado en contacto con medicamentos para el tratamiento de cáncer)
|
 |
| ¿Dónde se generan? |
 |
Los residuos sanitarios se generan, sobre todo, en:
- centros, servicios y establecimientos de promoción de la salud, de atención sanitaria y socio-sanitaria, por ejemplo: hospitales, clínicas, centros de atención primaria, consultorios...
- centros y servicios veterinarios asistenciales y explotaciones ganaderas;
- laboratorios clínicos o de investigación, tanto de hospitales y clínicas como de industrias farmacéuticas o de universidades.
|
 |
| ¿Cómo deben transportarse? |
 |
| La empresa que efectúe operaciones de recogida y transporte de residuos sanitarios de los grupos III y IV (excepto en el caso de residuos radioactivos) debe estar autorizada por la Agència de Residus de Catalunya. Para obtener la autorización debe presentarse la solicitud normalizada y aportar para cada vehículo la siguiente documentación: - tarjeta de inspección de vehículos (ficha técnica del vehículo), - comprobante de depósito correspondiente de la Caja General de Depósitos de la Generalitat de Catalunya avalando que se ha depositado la fianza requerida para cada vehículo El espacio de carga de los vehículos de transporte debe ser impermeable al agua, debe estar delimitado por superficies lisas, debe poder lavarse y desinfectarse fácilmente, y su estructura y cierre deben impedir el derrame de su contenido. |
 |
| ¿Por qué tienen que tratarse? |
 |
| Para evitar el peligro de contaminación del medio y para evitar el contagio de enfermedades infecciosas que representen un riesgo para la salud de las personas.
- Los residuos de los grupos I y II, una vez fuera del centro sanitario, se tratan como residuos asimilables a municipales y van, pues, a los centros de disposición de residuos municipales.
- Los residuos del grupo III se tratan mediante esterilización por autoclave y posteriormente se trituran.
La esterilización consiste en la eliminación de todos los organismos vivos y de las esporas presentes en el residuo capaces de reproducirlos. Mediante un tratamiento de autoclave los residuos se someten, gracias al vapor de agua, a unas condiciones de temperatura y presión suficientes para provocar su esterilización.
Una vez esterilizados y triturados, estos residuos se convierten en asimilables a municipales.
- Los citotóxicos del grupo IV se tratan mediante incineración en instalaciones para residuos especiales.
|
 |
| ¿Cómo tienen que tratarse? |
 |
| El Catálogo de Residuos de Cataluña es una herramienta de gestión en la que se particulariza para cada residuo la información necesaria para una gestión correcta de los residuos que se generan.
|
 |
| ¿Cómo se formaliza la gestión de los residuos sanitarios? |
 |
| Los residuos del grupo I y II se consideran, fuera del centro en el que se producen, residuos municipales, y el ayuntamiento o el ente municipal correspondiente será el que asegurará la correcta gestión extracentro de estos residuos. Exceptuando los cadáveres de animales de experimentación, cuya gestión se realiza siempre con la correspondiente ficha de aceptación y hoja de seguimiento, documentos que facilita y valida la Agència
de Residus de Catalunya. Esto implica la relación directa entre el centro productor, el transportista y la empresa de tratamiento, y, por tanto, la responsabilidad subsidiaria en el destino y el tratamiento de los residuos generados.
En el caso de los residuos del grupo III y IV, el centro generador de los residuos y la instalación de tratamiento autorizada por la Agència de Residus de Catalunya tienen que firmar la ficha de aceptación correspondiente. Además, el transporte -que efectúa un transportista autorizado- debe formalizarse mediante una hoja de seguimiento.
Las instalaciones de tratamiento también deben:
- disponer de un libro oficial de control de los residuos, en el que debe registrarse la actividad de la instalación y que además debe estar a disposición de las autoridades competentes;
- enviar a la Agència de Residus de Catalunya, mensualmente, los datos de los residuos tratados tanto de la cantidad como de su procedencia.
|
 |
| ¿Cuál es la normativa de la Generalitat de Catalunya sobre residuos sanitarios? |
 |
| Decreto 27/1999, de 9 de febrero, de la gestión de los residuos sanitarios.
(DOGC
núm. 2828 de 16/02/1999)
Decreto 92/1999, de 6 de abril, de modificación del Decreto 34/1996, de 9 de enero, según el cual se aprueba el Catálogo de residuos de Cataluña.
(DOGC
núm. 2865 de 12/04/1999)
Decreto 93/1999. de 6 de abril, sobre procedimientos de gestión de residuos.
(DOGC
núm. 2865 de 12/04/1999)
|
 |
| ¿Cuáles son las empresas autorizadas? |
 |
Empresas autorizadas por la Agència de Residus de Catalunya para el tratamiento de residuos sanitarios de los grupos III y IV.
|
|
 |
|